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Guía · 8 min

Documentos para liberar una carga retenida en Aduana

Las causas más frecuentes de una detención en zona primaria y el expediente que se necesita para cada una.

Que una carga quede detenida en zona primaria no significa que haya un problema grave. La mayoría de las veces es una observación documental que se resuelve presentando lo que falta. Lo que no conviene es esperar: mientras la carga está detenida, el almacenaje y el demurrage siguen corriendo.

Primero: identificar por qué está detenida

No es lo mismo una observación de Aduana que una retención de un organismo fiscalizador, y cada caso se resuelve con documentos distintos. Las causas más frecuentes son:

  • Discrepancia en la clasificación arancelaria: Aduana estima que el código declarado no corresponde al producto.
  • Duda sobre el valor declarado: el valor de la factura no calza con los rangos que Aduana considera razonables para esa mercancía.
  • Certificado de origen inválido, vencido o mal emitido: se pierde la rebaja del tratado y se reliquidan los tributos.
  • Falta de visto bueno de SAG o Seremi de Salud para un producto que lo requiere.
  • Embalaje de madera sin tratamiento fitosanitario acreditado (observación del SAG).
  • Diferencia en el aforo físico: lo encontrado en el contenedor no coincide con lo declarado.

Documentos que hay que tener a mano

Sea cual sea la causa, estos son los antecedentes que se piden primero. Tenerlos completos acorta cualquier gestión:

  1. Declaración de Ingreso presentada, con su número y estado.
  2. Factura comercial original del proveedor.
  3. Documento de transporte (BL o guía aérea) y su liberación.
  4. Packing list detallado, con bultos, pesos y medidas.
  5. Certificado de origen, si se invocó un acuerdo comercial.
  6. Ficha técnica o catálogo del producto, clave cuando la discusión es de clasificación.
  7. Comprobantes de pago al proveedor, cuando la duda es de valoración.
  8. Poder de despacho vigente a favor de tu agente de aduanas.
Lo que más ayuda: la ficha técnica del producto. En las observaciones de clasificación, lo que resuelve la discusión no es insistir en el código, sino demostrar con documentación del fabricante qué es el producto, de qué está hecho y para qué sirve.

Según la causa, qué se presenta

Si es clasificación

Se presentan los antecedentes técnicos del producto y el fundamento de la posición arancelaria declarada. Si Aduana mantiene su criterio, se reliquidan los tributos con el código que determine y la carga se libera pagando la diferencia.

Si es valoración

Se acredita el precio efectivamente pagado: factura, comprobantes de transferencia, contrato o correos de la negociación. La idea es demostrar que el valor declarado es el real de la transacción.

Si es certificado de origen

Se solicita al proveedor la reemisión correcta. Si no llega en plazo, la alternativa es liberar la carga pagando el arancel general y evitar que el almacenaje siga creciendo. Es una decisión de números: comparar la diferencia arancelaria contra el costo diario de tener la carga detenida.

Si es SAG o Seremi

Se tramita el visto bueno pendiente o se acredita el tratamiento del embalaje. En algunos casos el organismo autoriza tratamiento en destino, lo que permite avanzar sin devolver la carga.

Qué hacemos nosotros

Revisamos el estado real de la operación, identificamos la causa exacta de la detención, armamos el expediente con lo que falta y lo presentamos ante quien corresponda. En paralelo te decimos qué está costando cada día de espera, para que la decisión sea con números sobre la mesa. No prometemos plazos que no dependen de nosotros: evaluamos el caso de inmediato y definimos la acción más rápida disponible.

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